A quemarropa

EPISODIO 4

Gruseny Antonio Canelón fue uno de los 22 asesinados en el estado Lara durante las protestas contra el gobierno de Nicolás Maduro. Fue herido a quemarropa por efectivos de la Guardia Nacional, el 11 de abril de 2017, y falleció dos días después. En los tribunales, reposa el expediente del caso, en el que está la orden de captura para 14 integrantes de ese cuerpo militar, que nunca fue acatada. Ellos no han sido juzgados y siguen en libertad.

Guión, producción y locución:  Keren Torres Bravo
Edición de sonido: Jesús Cabrera
Desde: Barquisimeto, Venezuela
Publicado: 14/01/2019

Transcripción del podcast

[PRESENTACIÓN DE VOCES DEL DESAMPARO]

[SONIDO DE NOTA DE VOZ ENVIADA POR GRUSENY ANTONIO CANELÓN]:

Gruseny Antonio Canelón: …Me llevan preso al Hospital Militar, voy disparado, voy herido. ¡Ayúdame por favor!

Keren Torres Bravo: Esas fueron las palabras de Gruseny Antonio Canelón Scirpatempo después de haber sido herido durante una protesta en contra del Gobierno de Nicolás Maduro, la noche del 11 de abril del año 2017. Ana Cecilia Canelón, su hermana, llegaba a casa cuando suena el teléfono y le habla su cuñada:

Ana Cecilia Canelón: Gru está en el Hospital y está herido, es lo único que me dice y subimos de una vez al hospital… Cuando llegué, todavía estaba consciente. Estaba en una camilla de metal. Le pregunté: “Gru, ¿qué te pasó?”, y me dijo: “Me hirieron los militares de la Guardia Nacional, no puedo respirar, llama a la doctora y al doctor. Ellos me van a ayudar, no me van a dejar morir”.

Keren: Gruseny Antonio Canelón o Tony, como lo llamaban sus amigos, era oriundo de Barquisimeto, estado Lara. Tenía 32 años. Era el mayor de cuatro hermanos, fue modelo y Mister Teen Turismo Lara. Participó en la selección nacional de polo acuático, era fanático de los equipos locales de fútbol, béisbol, baloncesto y de La Vinotinto y era devoto de la virgen Divina Pastora. Gruseny era muy inquieto y activo, pero hasta aquel día no había participado en las protestas del año 2017.

Ana Cecilia: Él no estaba en eso, porque casualidad se lo comentó a su novia: “Ana Cristina, yo no puedo salir aunque esté muy en desacuerdo con la situación del país, porque hay muchas personas infiltradas, hay de todos los bandos y están buscando es dañar a las personas y yo no puedo salir a manifestar si no estoy de acuerdo de lleno con uno y con el otro…”.

personas fueron asesinadas en Lara, durante las manifestaciones contra Nicolás Maduro en 2017

Fuente: Violaciones y abusos de los derechos humanos en el contexto de las protestas en la República Bolivariana de Venezuela del 1 de abril al 31 de julio de 2017

Keren: Aunque Gruseny Canelón fue herido la noche del 11 de abril, cuando asesinaron a Miguel Ángel Colmenárez y a Bryan Principal, un niño de 14 años de edad, Tony fallece el 13 de abril en la madrugada, en el Hospital Central Antonio María Pineda. Fue la tercera víctima, de las 22 que murieron en el estado Lara, al centroccidente de Venezuela, durante las protestas antigubernamentales.

Andrés Colmenárez, de la ONG Funpaz, explicó que esta organización se encargó de corroborar y reseñar cada caso de violación de derechos humanos, en un informe que elevaron a la Organización de las Naciones Unidas y a la Organización de los Estados Americanos.

Andrés Colmenárez, de la ONG Funpaz: Registramos no menos de 1500 detenciones arbitrarias, de las cuales, aproximadamente, 800 personas fueron presentadas ante el sistema justicia venezolano, por el Ministerio Público en estos casos, privándolos de libertad absoluta.

Keren: Gruseny viajaría en la tarde del 11 de abril, a Carora, un pueblo del estado Lara, donde lo esperaba su novia Ana Cristina, pero debido a los cierres de vías se quedó en Cabudare, en la urbanización Tarabana Plaza, donde vivía residenciado. Sus vecinos le dijeron que saliera a la protesta.

Su hermano Alan, en declaraciones que dio días después a la cadena internacional de televisión Univisión, detalló cómo Gruseny, en su rol de mediador, terminó siendo una víctima de las fuerzas militares.

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 3.

“Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”

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Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 6.

“1. El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.”

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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 

Artículo 43. 

“El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado será responsable de la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma.”

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 20.

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

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Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 21.

Se reconoce el derecho de reunión pacífica. El ejercicio de tal derecho sólo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás.

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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

El artículo 68.

“Los ciudadanos y ciudadanas tiene derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley. Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La Ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público.

 Consultar fuente

[SONIDO DE ENTREVISTA EN UNIVISIÓN]

Alan Canelón: El va y se dirige como siempre lo hacía, a la Guardia Nacional Bolivariana, a mediar para que suelten a un muchacho que lo están golpeando y sin mediar palabras le disparan a quemarropa.

Keren: Ana Canelón relata lo que escuchó de su propio hermano y lo que pudo recoger de los testimonios de amigos.

Ana Cecilia: Según cuentan los muchachos, estaban lanzando perdigones generales, así a lo lejos, pues, y se acercó un motorizado, un funcionario de la Guardia, motorizado con un parrillero y le acercan una escopeta aquí en el costado y le dan en contacto con la piel, ahí es donde entra el primer perdigón a su cuerpo, la primera cápsula completa, porque a él le consiguen una cápsula completa de un extremo y ella explota dentro del cuerpo y la cápsula queda adentro, ni siquiera sale. Ahí detienen a varios muchachos, muchos de ellos lo reconocen, porque él era muy fácil de reconocer, no era tan común sus rasgos.

Keren: Gruseny no fue llevado al Hospital Militar, como él creyó cuando envió el único mensaje de voz que quedó grabado. Los detenidos fueron trasladados al Destacamento 121 de la Guardia Nacional, donde, según los testimonios, continuaron golpeándolo. Testigos afirman haber escuchado una segunda detonación y luego un silencio… Ninguno de ellos supo el tiempo exacto que transcurrió desde el primer disparo que recibió Gruseny, hasta que llegó al Hospital Central de Barquisimeto, acompañado de dos custodios militares. Ana recuerda lo que vivieron allí:

Ana Cecilia: La doctora nos dijo “pasen poco a poco, él los escucha”. Yo pasé, le agarré la mano y hablaba con él, él me apretaba la mano. Y bueno, ahí le decíamos que resistiera, que resistiera, pero nosotros por supuesto estábamos muy afectados, hasta que llegó un momento que todo el mundo entró, entraron los familiares y llegó un momento en que yo salí, abracé a mi otro hermano, Alan, y le dije “bueno, Alan -Gru, era demasiado activo- creo que la situación no está fácil”.

Keren: Jesús Guarecuco, presidente de la Sociedad de Médicos Internos del estado Lara para la época, detalló a los medios, un día después del deceso, el daño orgánico que sufrió Gruseny a causa de los disparos a quemarropa.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Artículo 68.

“Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público”

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Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 9.

“1. Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta”

Artículo 10.

“1. Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.2
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Artículo 44. 

“La libertad personal es inviolable, en consecuencia:

1. Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso.
La constitución de caución exigida por la ley para conceder la libertad del detenido no causará impuesto alguno.”

Declaración Universal de Derechos Humanos

Artículo 5.

“Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.”

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Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 10.

“1. Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.”

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Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes

Artículo 17. Del delito de tortura.

“El funcionario público o la funcionaria, pública que en funciones inherentes a su cargo lesione a una persona que se encuentre bajo su custodia en su integridad física, psíquica o moral, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, con la intención de intimidar, castigar u obtener información o una confesión, será sancionado o sancionada con la pena de quince a veinticinco años de prisión o inhabilitación para el ejercicio de la función pública y política, por un período equivalente a la pena decretada. Tanto la inhabilitación del ejercicio de la función pública como política no estarán sujetas a rebaja alguna.”

Fuente: Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.212 del 22 de julio de 2013.

Más de

civiles fueron detenidos durante las manifestaciones y sometidos a la jurisdicción militar

Fuente: Violaciones y abusos de los derechos humanos en el contexto de las protestas en la República Bolivariana de Venezuela del 1 de abril al 31 de julio de 2017

Jesús Guarecuco, ex presidente de la Sociedad de Médicos Internos del estado Lara: Hay que denunciarlo, porque el tiro fue aproximadamente a menos de 50 centímetros de distancia, tenía prácticamente un boquete de 7 centímetros de diámetro en la región torocoabdominal derecha, tuvo lesión hepática, lesión renal, lesión en colon, que se le tuvo que quitar la mitad del colón, una hemicolectomía derecha… pulmón y un hueco grandísimo en el diafragma.

Keren: Los hermanos Canelón vivieron una tragedia familiar anterior: la muerte de su padre, Gruseny Manuel Canelón Escalona, quien fue asesinado, el 28 de septiembre de 2010, por unos delincuentes que intentaron robar su vehículo, cuando laboraba como taxista. Siete años después, volvían a revivir un inesperado duelo.

Ana Cecilia: Yo abracé a Alan y estábamos ahí llorando y salió la doctora y dijo: “Su hermano ha quedado sin signos vitales”. Y, bueno, en ese momento fue difícil.

Keren: En Barquisimeto y Cabudare, las protestas no cesaron. El cortejo fúnebre de Gruseny Antonio Canelón, se convirtió en una manifestación más en el trayecto hacia el Cementerio Metropolitano.

Keren: Cinco días después de la muerte de Gruseny Antonio Canelón, el 18 de abril, el juez de Control séptimo, Carlos Torrealba Gamarra, emitió una orden de captura para 14 guardias nacionales, de los cuales, uno fue sacado de la lista, como aclara Ana.

Ana Cecilia: En realidad estaban identificados 14, uno de la noche a la mañana, por arte de magia, salió de la lista de la orden de captura, que es el jefe del comando, que sigue todavía ejerciendo sus funciones, así como los otros 13. No es un secreto para nadie.

Keren: La orden de captura de los 14 guardias nacionales, fue publicada al mediodía del 20 de abril de 2017, por primera vez, en la cuenta oficial de Twitter de Pedro Troconis, abogado de la organización no gubernamental venezolana Foro Penal.

En el documento, se leen los siguientes nombres y cargos militares: Sargentos Primeros Lucindo José Parra Mendoza, José Ángel Rodríguez Pérez, Jorge Luis Chirinos Perozo, Carlos Enrique Urbaneja Villamizar y Orangel David Morán Sánchez; los Sargentos Segundos Alí Froilan Meléndez Muñoz, Yomar Alexis Pérez Camacaro, Wilmer Alberto Arriechi López, Jackson James García García, Edixon Antonio Silva Almao y Marcos Gabriel Sánchez Peroza… el Sargento Tercero Pastor José Oviedo Mariño… El Sargento Mayor de Tercera, Yanin Alejandro Vera Rodríguez, y el Capitán Wilfredo Ramón Pirela, funcionario de mayor rango y quien aparentemente estaba al mando de la comisión.

Manuel Virgüez, abogado de la organización defensora de los derechos humanos Movimiento Vinotinto, que representó a muchas de las víctimas de las protestas, asegura que la Guardia Nacional encubrió a los acusados.

Manuel Virgüez, abogado de Movimiento Vinotinto: Ninguno de los oficiales, a pesar de que existe una orden de captura desde hace más de un año, fue aprehendido, más bien fueron protegidos por la Comandancia General de la Guardia Nacional Bolivariana, por los comandantes de zona, de acá, del estado Lara. Hay que recordar que ese es un delito establecido en la Ley Especial contra la Tortura y demás Tratos Inhumanos y Degradantes, todavía vigente en Venezuela, que el delito de encubrimiento tiene una pena y una pena alta de más de 18 años.

Keren: Ana recuerda con detalle cómo estaba su hermano durante su corta hospitalización.

Ana Cecilia: Tenía evidencias en el cuerpo del maltrato físico, horrible, entre esos golpes, le dieron aquí con un punzón porque tenía un golpe, toda la mandíbula y sus dientes los tenía partidos, eso fue un desastre lo que hicieron, la cara aquí aquí la tenía partida y por detrás, por la espalda tenía unos golpes, que cuando estaba en UCI pues se lo drenaban con gasa y a la enfermera le entraba todo el puño con gasa ahí, porque era muy profundo con las botas de los militares… bueno, tortura en todo su cuerpo, llegó al Hospital consciente, había perdido mucha sangre porque ya llevaba como cuatro horas desde que lo agarraron en el elevado”.

Keren: Estas claras evidencias tampoco parecen haber sido suficientes para que actuara la defensora del pueblo en el estado Lara, Elba Yris Rodil. Un día después de los disparos que recibió Gruseny Canelón, justificó la actuación de la Guardia Nacional.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Artículo 280.

“La Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en esta Constitución y los tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos y difusos, de los ciudadanos”.

Artículo 281. 

“Son atribuciones del Defensor o Defensora del Pueblo:

1.Velar por el efectivo respeto y garantía de los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados, convenios y acuerdos internacionales sobre derechos humanos ratificados por la República, investigando de oficio o a instancia de parte las denuncias que lleguen a su conocimiento. (…)

5. Solicitar al Consejo Moral Republicano que adopte las medidas a que hubiere lugar respecto de los funcionarios públicos o funcionarias públicas responsables por la violación o menoscabo de los derechos humanos.”

Consultar fuente

muertes fueron registradas por el Ministerio Público del 1º de abril

Fuente: Violaciones y abusos de los derechos humanos en el contexto de las protestas en la República Bolivariana de Venezuela del 1 de abril al 31 de julio de 2017

[SONIDO DE RUEDA DE PRENSA]:

Elba Yris Rodil, defensora de Pueblo en el estado Lara: Los derechos tienen límites, límites constitucionales o legales. En el caso de las manifestaciones, los límites son que sean en paz y sin armas. Una vez que la manifestación no cumple con esos extremos constitucionales pasa a ser controlada por los cuerpos de seguridad del Estado.

Keren Torres Bravo: Estos excesos de las fuerzas de seguridad del Estado se dieron en el contexto del Plan Zamora, que fue anunciado el 18 de abril de 2017 por el presidente Nicolás Maduro.

[SONIDO DE ALOCUCIÓN DE NICOLÁS MADURO]:

Nicolás Maduro: .He decidido activar el Plan Estratégico Especial cívico-militar, para garantizar el funcionamiento de nuestro país, su seguridad, el orden interno y la integración social […] inmediatamente debe ser activado el Plan Zamora, en su primera fase verde, activar la fase verde del Plan Zamora, para derrotar el Golpe de Estado, la escalada de violencia y garantizarle la paz en Venezuela.

Keren: Nelson Fréitez, sociólogo y profesor de la cátedra de Derechos Humanos de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, explica que la ejecución del Plan Zamora se tradujo en un aumento de la violencia en contra de los manifestantes, a quienes se les señala como el “enemigo interno” de la Nación.

Nelson Freitez,  sociólogo: La tesis del enemigo interno ha sido suprimida, por razones de diferente orden, pero particularmente por su contradicción total con la doctrina de los derechos humanos. Esa idea de que el enemigo no está en la frontera, el enemigo no puede ser otro estado, otro país, otra nación, sino que está interno, que el enemigo es ideológico, que el enemigo convive con los nacionales y que es otro nacional, otra persona del país y, entonces, es sumamente peligroso porque está internamente.

Keren: El 6 de junio del año 2017, después de tres meses de protestas y 84 víctimas fatales en toda Venezuela, el ministro de la Defensa, Vladimir Padrino López, hizo una advertencia pública a la Guardia Nacional. ….

[SONIDO DE ALOCUCIÓN DE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ]:

Vladimir Padrino López, ministro de la Defensa: No quiero ver un Guardia Nacional cometiendo una atrocidad en la calle… el que se aparte de la línea de Estado, de la preeminencia de los Derechos Humanos, del respeto a los Derechos Humanos y que se comporte, no como un profesional, entonces, tiene que asumir su responsabilidad.

Keren: Hasta la fecha de la difusión de este podcast, la Fuerza Armada Nacional no había informado sobre el paradero de los funcionarios señalados en la orden de captura… Este no ha sido el único caso. Por el homicidio de Manuel Sosa, en el municipio Palavecino del estado Lara, también existe una orden de captura para un guardia nacional, que no ha sido ejecutada. Andrés Colmenárez, coordinador de la ONG Funpaz, informó que incluso, en este caso, el militar señalado como presunto asesino, fue ascendido.

Andrés Colmenárez, coordinador de Funpaz: Este funcionario se mantiene prófugo de la justicia. Incluso, ambos casos aparecen señalados en el informe que generó la Oficina del Alto Comisionado para la Organización de las Naciones Unidas, como dos testimonios fehacientes de las violaciones de derechos humanos que ocurrieron en Venezuela durante el contexto de las protestas ciudadanas en el año 2017.

Keren: Ana también denuncia que la orden de captura no se encuentra en el Sistema Integrado de Información Policial, Siipol, un portal web interconectado, que tiene como misión “mejorar la capacidad de respuesta de los organismos de seguridad”.

Ana Cecilia: Los guardias están libres, como si nada, porque no hay ninguna solicitud, pueden entrar y salir del país y disfrutar de unas hermosas vacaciones fuera y no hay nada que se los detenga.

Keren: Pastora Escalona, la abuela paterna de los hermanos Canelón y quien crió a los tres mayores, no ha querido hablar sobre el asesinato de Tony.

Ana Cecilia: Una vez la llamaron del Gobierno y mi mamá le dijo: “Ni que me dé el dinero que me den, me recuperan a mi hijo, así que con su dinero haga lo que usted tenga que hacer para esconder a los guardias, pero a mí me deja en paz”.

Keren: Ana enfermó después de que Gruse, como ella le dice, murió. En la emergencia de la clínica donde fue atendida, el médico creía que había tenido un accidente por la forma en que aún se encuentra su cervical.

muertes documentaron las ONG durante las protestas contra Maduro

Fuente: Violaciones y abusos de los derechos humanos en el contexto de las protestas en la República Bolivariana de Venezuela del 1 de abril al 31 de julio de 2017

Ana Cecilia: Dos meses después, yo caí en cama, se me invirtió la cervical, no me podía mover, del cuello para abajo no me podía mover. Me desperté un día gritándole a mi mamá que tenía un dolor horrible, no me podía mover, me sacaron a la clínica, me hice mis necesidades, perdí la vista… hasta que mi familia me dijo, hija, primero su salud.

Keren: Después de la negativa de aceptar dinero a cambio de su silencio, comenzaron las amenazas a la familia Canelón. Llamadas anónimas y advertencias de conocidos dentro del sistema judicial, quienes le decían que debían cuidarse.

Ana Cecilia: Llegó un momento en que intentaron hacer hasta cosas en contra de mi familia, como allanamientos, y esa cuestión, como tal cual lo hicieron, para implicarlos en situaciones de guarimbas.

Keren: Ana pudo leer el expediente del asesinato de su hermano, pero no tiene una copia simple o certificada, porque en los tribunales también le fue negada esta solicitud. Manuel Virgüez, de la ONG Movimiento Vinotinto, explica que esta situación se ha repetido…

Manuel Virgüez, de la ONG Movimiento Vinotinto: En Táchira, en Lara, en Caracas, en el Zulia y en Barinas, familiares denuncian que los expedientes pareciera no tener la misma consistencia que tenían o por lo menos no tienen el mismo volumen que tenían al principio cuando alguno de ellos pudo tener acceso siquiera a verlo, esto significaría que los expedientes están incompletos.

Keren: Ana y su familia han sido víctimas de la inacción de los cuerpos de seguridad, sin embargo, Ana recalca que no se quedarán de brazos cruzados. Esperan que se haga justicia y por eso seguirá luchando, dentro y fuera de Venezuela.

Keren: El asesinato de Gruseny Canelón está registrado en el informe que presentó la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, el 31 de agosto del año 2017.

El Protocolo de Estambul, suscrito por Venezuela, refiere que la tortura genera profunda inquietud en la comunidad mundial, porque busca destruir no solo el bienestar físico de la víctima, sino también, la dignidad y la voluntad de comunidades enteras.

Ana concuerda con esta aseveración. Cree que la muerte trágica de su hermano va más allá de la pérdida física de Gruseny Antonio.

Ana Cecilia: Hace mucho tiempo escuché una historia que me contaron, de una persona a la que quiero mucho… y creo que me tocó en el alma…es sobre ¿por quién suenan las campanas? Siento que cuando alguien muere, no murió esa persona, no, murió una parte de nosotros mismos, porque todos somos uno, un planeta… y cuando me contaron esa historia, dije me veo reflejada o estoy de acuerdo con esa posición, cada vez que alguien muere, sea una flor, sea un árbol, sea una persona, sea un animal, las campanas suenan por cada uno de nosotros.

Keren: Ana se refería al verso del poeta inglés John Donne, que fue inmortalizado en la novela de Ernest Hemingway ¿Por quién doblan las campanas?…

“La muerte de cualquier hombre me disminuye, porque yo estoy ligado a la humanidad y, por consiguiente, nunca preguntes por quién doblan las campanas: están doblando por ti”

[DESPEDIDA DE LA SERIE VOCES DEL DESAMPARO]

Los testimonios completos de este podcast pueden ser escuchados en el Archivo de Voces, un sitio para la documentación y el estudio de los Derechos Humanos.

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¿Qué hacer en caso de una detención arbitraria durante una manifestación pública?

  • En el momento de la detención, grite su nombre, su profesión u oficio, de dónde proviene y algún número telefónico para que llamen a un familiar.

  • No proporcione a los cuerpos de seguridad del Estado sus contraseñas de las cuentas personales en las redes sociales, como Twitter, Facebook e Instagram.

  • No acepte defensa pública y en caso de que sea asignada, revóquela para ser asistido por abogados que hayan contactados sus familiares.

  • Toda persona tiene derecho a conocer las razones de su detención y deben proporcionarle información detallada.

  • Debe existir un registro formal de los detenidos, donde se deje constancia tanto de la
    identidad del detenido, como del lugar, hora, condiciones y funcionarios
    que la practicaron.

  • El detenido tiene derecho a comunicarse sin demora con familiares o abogados de

    confianza y de que estos sean informados sobre razones de la detención y lugar de reclusión.

¿Qué deben hacer los familiares?

  • Conozcan las ONG que brindan defensa gratuita y sus números de teléfono para contactarlos. Pueden contactar a  Foro Penal, al Centro de Derechos Humanos de la UCAB, Movimiento Vinotinto y  Justicia y Proceso.

  • Hay ONG que no procesan denuncias de anónimos o provenientes de reportes hechos en las redes sociales. La víctima o alguno de sus familiares debe contactarlos.

  • Dispongan de dos –o más personas- que puedan servir de fiadores (en caso de que aplique).

Fuente: Joel García, abogado, defensor de Derechos Humanos y miembro de Fundeci, Foro Penal y Centro de de Derechos Humanos de la UCAB.

Participa: ¿Te han vulnerado tu derecho a manifestar públicamente?

¿Te has sentido identificado? Queremos saber si también has sido víctima. Tu identidad quedará bajo reserva. Solo el resultado será publicado.
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